En los términos previstos en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 se publican, por número de expediente, las citaciones a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud de Acto de Reconocimiento de edificación existente y/o Licencias de Construcción conforme las competencias previstas en el Decreto Distrital 265 de 2020 a fin de que se hagan parte y puedan hacer valer sus derechos. Se entienden como vecinos colindantes los propietarios, poseedores, tenedores o residentes de predios colindantes, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del artículo 2.2.6.1.2.1.7 de la misma norma.
Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito ante esta entidad, aportando las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad ó estructurales referentes a la solicitud.
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